Declaración responsable
El nuevo reglamento permite la comercialización de otros productos o servicios, con el único requisito de presentar una declaración responsable ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos, sin perjuicio de las facultades de comprobación por parte de este Organismo, que en cualquier momento podrá acordar motivadamente la ineficacia de la comercialización, previa verificación de que la misma afecta a la debida conservación y comercialización del tabaco y timbre o a la seguridad de los usuarios.
En el caso de los artículos de fumador, librería y papelería no es necesario presentar esta declaración responsable.
Las declaraciones deberán cumplimentarse en letras mayúsculas, de forma clara y en su totalidad. Asimismo el Comisionado exige que la relación de productos a comercializar se realice de forma detallada evitando referencias generales tales como “varios o etcétera” que impidan la identificación de todos los productos.
