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Asociación Estanqueros 23

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Artículos que no se pueden vender en los estancos

En los estancos no de puede vender algunos tipos de productos como son Pan, Bollería, Perfumería, Aromas e Inciensos, Juguetes con formas de tabaco, Pirotecnia, Ropa o Zapatos, Electrodomésticos o muebles,… consulta en nuestra asociación que puedes y que no vender en tu estanco.

Conciliación familiar y laboral para autónomos de los estancos

La conciliación laboral y familiar, es un concepto que establece que debe existir un balance armónico entre el tiempo que le dedicamos al trabajo y a la vida personal/familiar.  Aquellos autónomos que contraten a un trabajador podrán disfrutar de una bonificación del 100% en la cuota por contingencias comunes durante un periodo de 12 meses si contratan a un trabajador a jornada completa, y del 50% si lo contratan a tiempo parcial.

Valor de la industria del tabaco en la economía española

El tabaco no solo es un producto que disfrutan muchos fumadores, sino también una fuente significativa de ingresos para la economía de España. Según el informe, en el año 2021, el sector del tabaco aportó nada menos que 3.337 millones de euros al Producto Interno Bruto (PIB) nacional.

Documentación que no puede faltar en el estanco

*Este listado es orientativo. Si deseas saber más, contacta con la asociación.

DOCUMENTO DE LA CONCESIÓN ORIGINAL

Documento que acredita la concesión del estanco

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE
SEGUNDOS  PRODUCTOS

Documento que manifiesta, bajo su responsabilidad, la venta de segundos productos .

Descargar Documento tipo

CARTELES DE EXPOSICIÓN
OBLIGATORIA

Prohibido fumar, prohibida la venta a menores de edad…


Ver cartelería Obligatoria

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA DEL ESTANCO

Autorizaciones de Puntos de Venta con Recargo, facturas emitidas a los PVR, tarifas de precios actualizadas…

DOCUMENTACIÓN DEL NEGOCIO

Contratos de trabajo, horario comercial, licencias municipales…

Respuesta del Comisionado a los estancos

Respuesta sobre la cuestión sobre máquinas de café, calendarios, bolsas de rafia o página web

¿Puedo decorar el estanco con fotografías tipo vintage de imágenes relacionadas con el hábito de fumar?

De acuerdo con la normativa aplicable, la colocación de este tipo de fotografías no se ajustaría a los principios preventivos que presiden la normativa sectoial. 

En efecto, dicho tipo de decoración es, en definitiva uan suerte de comunicación que invita a concebir el acto de fumar como una actividad elegante, atractiva, relajante y seductora. Por consiguiente , no está permitida la colocación de fotografías tipo «vintage» de personajes famosos fumando.

¿Puedo tener en el mostrador periódicos de distribución gratuita para que el cliente que lo desee pueda disponer de los mismos?

No es posible, porque este tipo de productos gratuitos provocarían una importante concentración de público en determinadas horas, sobre todo por las mañanas, afluencia que podría dificultar la comercialización de labores de tabaco. Además la peculiaridad de este tipo de prensa, lejos de garantizar el rigor de aplicación de los principios de prevención previstos en la Ley 28/2005 del 26 de diciembre, invitan, por el contrario al público de todas las edades a entrar en las expendidurías diariamente para su recogida. La razón de ser d elas expendidurías es la contemplada en la normativa sectorial aplicable, que es la comercialización de los servicios que costituyen su objeto – tabaco y timbre – más los que tengacabida al amparo del artículo 31 cuatro del Real Decreto 1199/99 del 9 de julio, pero no la entrega de prensa diaria y gratuita.

Curso de Formación para estanqueros

 

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Manual Acogida Estancos

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